Requisitos y licencias para montar un take away
En un mundo donde el tiempo es un recurso invaluable y la comodidad es la moneda de cambio, los negocios con licencia take away emergen como una respuesta ingeniosa a las demandas de una sociedad en constante movimiento. Desde pequeños puestos callejeros hasta conglomerados internacionales, esta modalidad empresarial ha conquistado el corazón (y el estómago) de millones de personas. Te contamos cómo diversificar tu negocio con esta modalidad.
¿Qué es un negocio take away?
Un negocio take away es aquel que ofrece productos que pueden ser consumidos fuera del establecimiento, generalmente en otro lugar o en el hogar del cliente. Este tipo de negocio se especializa en la preparación y venta de alimentos, bebidas u otros productos para llevar.
Los negocios take away pueden abarcar una amplia variedad de industrias, desde restaurantes y cafeterías hasta tiendas de comida rápida, panaderías, puestos callejeros y más. La clave de su modelo de negocio radica en proporcionar productos de calidad que sean fáciles de transportar y consumir en cualquier lugar.
¿Necesito licencia de hostelería para abrir un take away?
La respuesta es simple: no. No se necesita una licencia de hostelería específica para abrir un negocio de take away, dado que el local está pensado exclusivamente para vender comida preparada para llevar. En caso de un restaurante o bar tradicional que quiera ampliar su negocio ofreciendo esta alternativa, tampoco será necesaria una licencia específica, ya que el local contará con la suya propia.
Establecimientos de comida para llevar
Estamos hablando de los comercios que preparan comida para que se la lleve el cliente, no de negocios con reparto a domicilio o delivery. Así, se encuentran bajo esta categoría:
- Panaderías y pastelerías.
- Heladerías.
- Asadores de pollos.
- Pizzerías.
- Otras tiendas en las que la comida se prepare en el mismo establecimiento y esta se ponga en un envase o envoltorio para llevar, lista para consumir.
Si tienes alguna mesa y sillas para los clientes, muy posiblemente entres en la categoría de bar, restaurante o cafetería. Una alternativa si quieres ofrecer asiento a los clientes mientras esperan es poner solamente las sillas, taburetes o bancos, sin la mesa añadida.
Requisitos y leyes que cumplir para abrir un take away en España
En primer lugar, asegúrate de que lo abres en un local de uso comercial. No puedes abrir un negocio así en otro tipo de local, a no ser que lleves a cabo las obras necesarias para un «cambio de uso». Esto puede salir muy caro, además de la licencia específica que conlleva este trámite.
Trámites para abrir un take away
No necesitas una licencia de hostelería, sino que puedes tramitarlo como una actividad inocua. Es decir, una actividad que no modifica las condiciones sanitarias, medioambientales o de seguridad para la población. Te recomendamos que consultes los procedimientos administrativos que deberás llevar a cabo según la legislación de tu comunidad autónoma.
- Necesitarás contactar con un técnico que realice lo que se conoce como una «visita técnica» del local. Esto debe hacerse antes de firmar la compra o el alquiler del mismo. Así, podrás saber si necesita reformas o no para poder abrirse como un tipo de establecimiento take away.
- Posteriormente, un técnico de confianza deberá elaborar un «proyecto de actividad» antes de hacer cualquier obra. Así te aseguras de que las reformas que hagas en el local sean adecuadas.
Legislación para comercios minoristas de alimentación
Las condiciones mínimas que tendrá que cumplir el local son las que cumplen las medidas de seguridad e higiénicas. Puedes encontrarlas en:
- El Real Decreto 3484/2000, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. Aquí se habla de todas las normas sanitarias que deben cumplir los alimentos, así como su conservación, su preparación y etiquetado según la licencia sanitaria.
- Código Técnico de la Edificación (CTE) y en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE): indican los requerimientos urbanísticos y técnicos que ha de tener la construcción del local. No olvides las ordenanzas específicas que pueden haber en tu municipio, por ejemplo, respecto a los ruidos.
- Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios: donde se establece, por ejemplo, que los trabajadores en contacto con la comida han de tener el carnet de manipulador de alimentos.
- Real Decreto 1376/2003, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor.
Condiciones indispensables del local
Las exigencias más importantes que encontrarás en estas leyes son las siguientes. Asegúrate de cumplir cada una de ellas para evitar sanciones posteriores:
- El local debe ser accesible. No debe tener peldaños que dificulten el paso, y las puertas de entrada y los espacios deben ser lo suficientemente anchos como para que pase una persona en silla de ruedas.
- Debe cumplir la normativa de incendios, tener señalizadas las salidas de emergencia y contar con extintores.
- Tener sistemas de extracción independientes que den al exterior (solo donde lo permita la comunidad de vecinos). Por ejemplo, un extractor de humos y también un sistema de ventilación y climatización en el local.
- Debe tener, al menos, un aseo, aunque no se permita entrar a los clientes en el local, ya que debe estar disponible para los trabajadores.
- El local debe estar acústicamente aislado según la normativa local, que dictará el ruido que se puede hacer, las horas de apertura, etcétera. Por eso, posiblemente el ayuntamiento del municipio te exija una prueba de ruido.
Ahora que ya conoces todos los requisitos respecto a la licencia de apertura de un take away y las condiciones legales que debes cumplir, ¡adelante con tu proyecto y atrévete con este tipo de negocios tan en tendencia!